Guillerma Mongil, jueza de Primera Instancia e Instrucción Número 3 de Zamora, ha desestimado la demanda que interpuso el padre de Pablo Iglesias, Javier Iglesias, ante la diputada del PP, Cayetana Álvarez de Toledo, quien en 202 en sede parlamentaria le llamó "terrorista" así como posteriormente en diversos medios de comunicación.
La jueza argumenta que "debe prevalecer el derecho a la libertad de expresión sobre el derecho al honor" ante la reclamación del padre del exvicepresidente que consideraba una "intromisión legítima" en su derecho al honor, a la intimidad personal y familiar y a la propia imagen por calificarle como terrorista, y obliga al demandante a pagar los costas judiciales.
En la sentencia, la jueza afirma que Cayetana hizo uso de un silogismo para llegar a la conclusión de que Javier Iglesias era un terrorista y es que el Frap, la organización a la que Iglesias pertenecía, fue declarada por el Gobierno como una organización terrorista y que por tanto (y dado qué él había declarado pertenecer a dicha organización) era un terrorista. Además, añade que el hecho de que ambos tengan proyección pública las expresiones manifestadas se entienden dentro del enfrentamiento político.
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3 Comments
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Fabián del Río Escriche
18 de enero de 2023 21:28 at 21:28
Siempre la ley del embudo, si llega a ser a la inversa, seguro que acepta la demanda. Este poder judicial español, muy español es predecible al extremo, extremo.
Supongo que se puede recurrir la resolución. Ya vale de dejarse avasallar por la marquesa argentina.
mariano tomas Fuentes Alvaro
20 de enero de 2023 10:18 at 10:18
Nada nuevo bajo el sol. Con sentencias así quizás más de uno va a pensar que el juez de la sentencia es otro togado de la cuadra de salvapatrias que hay por los tribunales.
José L. Soto Montañez
20 de enero de 2023 20:08 at 20:08
¡¡¡¡Ella si es hija de terrorista!!!!!